Concreta gobierno federal traspaso del AICM a la Secretaría de Marina
El Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación, argumenta que en años anteriores hubo un descuido sistémico en las terminales aeroportuarias ya que el servicio presentaba deficiencias
El Ejecutivo Federal emitió un Acuerdo por el que el “Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM)«, el «Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México» y «Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México», que hasta ahora pertenecían a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), pasan a manos de la Secretaría de Marina (Semar).
El Acuerdo, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), argumenta que en años anteriores “hubo un descuido sistémico en las terminales aeroportuarias ya que el servicio presentaba deficiencias, con áreas y equipamiento mal aprovechados, lo que generó actos destinados a comprometer la seguridad de la aviación civil y del transporte aéreo”.
“A pesar de contar con sistemas para monitorear amenazas y riesgos en el área operacional, los reportes no eran atendidos con prontitud; la seguridad de las operaciones y el cumplimiento estricto de la normativa en la materia era nula”.
El documento señala que es obligación del Estado mexicano contribuir al bienestar general de la población por medio de la implementación de estrategias nacionales e internacionales en la gestión de aeropuertos, a fin de facilitar los medios para el traslado de personas con seguridad y calidad, y de mercancías entre regiones.
Subraya que la Secretaría de Marina, al tener como misión la protección de la soberanía de la Nación y la seguridad interior del país, coadyuva en las operaciones de vigilancia, inspección, apoyo y control en el recinto aeroportuario para neutralizar el tráfico de armas, drogas, divisas, mercancía ilegal y evitar el tráfico de personas.
El Acuerdo remarca que la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, publicada en el DOF, el 16 de mayo de 2019 y aprobada por el Senado, busca preservar la seguridad interior del país y garantizar la defensa exterior de México, aprovechar los recursos humanos, materiales e infraestructura que pueden aportar las Fuerzas Armadas en favor de la seguridad del país y reorientarlas para impulsar la colaboración entre la población civil al enfatizar el papel de estas como parte de la sociedad.
Además, “como parte de dicha estrategia, se busca alinear todos los esfuerzos en materia de seguridad para enfrentar óptimamente los enormes desafíos que el Estado mexicano tiene en esa materia. Asimismo, se debe garantizar la adecuada coordinación entre las diversas instancias federales y estatales para impulsar esta estrategia en las entidades federativas y regiones del país, con pleno respeto al federalismo”.
El Acuerdo entrará en vigor a los sesenta días naturales siguientes a su publicación en el DOF y durante ese periodo, la SICT, en su calidad de aún coordinadora de sector de las entidades paraestatales denominadas «Grupo Aeroportuario de la Ciudad de México», S.A. de C.V.; «Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México», S.A. de C.V., y «Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México», S.A. de C.V. “debe llevar a cabo la actualización del capital social de estas con base en los estados financieros auditados al cierre del ejercicio fiscal inmediato anterior, así como la transferencia de la totalidad de las acciones representativas del Gobierno federal, y demás acciones previstas en las disposiciones jurídicas aplicables”.
Las secretarías de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, y de Marina serán responsables del proceso de transferencia de los recursos humanos, financieros y materiales con que cuentan las entidades paraestatales involucradas, así como proporcionar la información necesaria para la integración de la Cuenta Pública del ejercicio fiscal que corresponda, en el ámbito de su competencia.
Finalmente, se establece que las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor del Acuerdo se deben realizar con cargo a los presupuestos autorizados a cada uno de los ejecutores de gasto, según corresponda, mediante movimientos compensados, por lo que no se incrementará su presupuesto regularizable y no se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal.