Cigarros de contrabando; un riesgo mayor para el pequeño comercio

Cigarros de contrabando; un riesgo mayor para el pequeño comercio

* ANPEC llama a vender únicamente cigarros legales y exige acciones firmes de la autoridad contra quienes operan abiertamente el contrabando

Con la entrada en vigor del nuevo IEPS, el precio de los cigarros se disparó en México, superando los $100.00 en los puntos de venta; en promedio, el incremento ha sido de entre $15.00 y $22.00 por cajetilla. Esta realidad, como lo ya lo había señalado la Alianza Nacional de Pequeños Comerciantes (ANPEC) ha fortalecido de manera significativa al mercado del cigarro de contrabando.

“Actualmente, 3 de cada 10 cigarros que se venden en el país son ilegales. Sin lugar a dudas, esta política fiscal ha terminado por llenar las alforjas de los cárteles del cigarro de contrabando que operan con amplios márgenes y, en gran medida, con total impunidad”, comentó Cuauhtémoc Rivera, presidente de ANPEC.

Estas organizaciones criminales venden cigarros a plena vista en las afueras de estaciones del Metro, paraderos de transporte público, aceras, cruceros y otros espacios públicos. Resulta sumamente sencillo encontrar en dónde adquirir este tipo de productos. La diferencia de precio entre una cajetilla legal y una de contrabando es abismal, superior a $75.00, lo que estimula su consumo y distribución.

VENTA A MENORES DE EDAD

Además, estos cigarros se venden incluso sueltos, a menores de edad, sin ofrecer ningún control de calidad en su producción poniendo en riesgo mayor la salud pública y, desde luego, no pagan un solo peso de impuestos.

Ante este escenario, el gobierno ha puesto en marcha nuevas medidas fiscales con el objetivo de combatir el contrabando:

Este 1 de enero entraron en vigor las reformas al Código Fiscal de la Federación que refuerzan la obligación de verificar la legalidad de las cajetillas de cigarros, estableciendo con mayor claridad que la venta o posesión de cigarros ilegales se considera una conducta equiparada al delito de contrabando.

La legislación vigente es clara, la ley no exige intención para sancionar. Esto significa que vender o tener cigarros ilegales, incluso sin saberlo, puede generar responsabilidades fiscales y penales para el comerciante que así lo haga.

El código de seguridad fiscal, obligatorio en cada cajetilla legal, es el principal elemento para acreditar que el producto cumple con la ley. Se trata de un código único e irrepetible que demuestra el pago de impuestos. La ausencia de este código o el uso de códigos falsos, alterados o apócrifos, coloca al comerciante en riesgo de ser considerando y tratado como contrabandista.

Uno de los mayores problemas para los pequeños comercios es que las sanciones no se limitan al importador o fabricante o a quien se los vendió. La responsabilidad también alcanza a quien vende (pequeño comerciante), almacena o simplemente tiene en su poder cigarros ilegales sin poder acreditar su legal procedencia.

SANCIONES QUE RESULTAN APLICABLES

* Sanciones penales:

Prisión de 3 meses a 5 años cuando se trate de contrabando sin agravantes relevantes.

Prisión de 3 a 9 años cuando se configure contrabando calificado, como el uso de códigos falsos o alterados, documentación fraudulenta o cuando el monto de los impuestos omitidos sea elevado.

 * Multas económicas:

Multas equivalentes del 130% hasta el 150% de las contribuciones omitidas, incluyendo el IEPS.

 * Decomiso de mercancía: Aseguramiento y decomiso definitivo de los cigarros o tabacos labrados, así como de los medios utilizados para su transporte o almacenamiento.

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