
La Secretaría de Economía establece condiciones para utilizar esta marca registrada, y quienes las incumplan pueden enfrentar consecuencias legales. ¿Qué pasa si tu negocio no está registrado y qué sanciones podrían aplicarse?
¿Qué pasa si utilizas el logo del Buen Fin sin registrarte?
Los negocios que utilicen el logotipo del Buen Fin sin completar su registro incumplen las reglas de la campaña y podrían enfrentar sanciones por el uso no autorizado de una marca registrada. Así lo establecen el Anexo 2 de las Reglas de Operación, numeral 2, fracción 1, y el Capítulo II de los Términos y Condiciones, numeral 2, fracción 1.
La marca pertenece a la Secretaría de Economía y está registrada ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), por lo que su uso en lonas, carteles, redes sociales o páginas web requiere autorización.
Esto no impide que un establecimiento ofrezca descuentos propios durante las mismas fechas. Un negocio puede realizar promociones sin registrarse, siempre que no utilice la marca ni se anuncie como participante oficial.
¿De cuánto es la multa por utilizar el logo del Buen Fin sin autorización?
Las consecuencias dependen de la infracción que determine la autoridad. El IMPI y la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) pueden intervenir por motivos distintos, conforme a las siguientes disposiciones:
– Uso indebido de marca: el artículo 386 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial contempla infracciones relacionadas con marcas registradas. Si se acredita alguna de ellas, el artículo 388 permite imponer multas de hasta 250,000 UMA, además de otras sanciones previstas legalmente.
– Publicidad engañosa: el artículo 32 de la Ley Federal de Protección al Consumidor prohíbe la publicidad que induzca a error o confusión. Esto podría ocurrir si un comercio aparenta estar registrado o promete beneficios oficiales que no le corresponden. Las infracciones sancionadas por el artículo 128 pueden generar multas de 1,093.02 a 4,274,960.73 pesos, según los montos de 2026 proporcionados.
– Casos particularmente graves: el artículo 128 BIS contempla sanciones de 228,266.96 a 6,391,474.56 pesos, así como clausuras de hasta 90 días, cuando se acreditan los supuestos correspondientes.
En materia de propiedad industrial también pueden proceder medidas para retirar publicidad infractora y reclamaciones por daños y perjuicios, conforme a las condiciones establecidas en la ley.
Ninguna de estas cantidades constituye una multa fija por utilizar el logo sin registro. Para imponer una sanción, la autoridad competente debe determinar que se cometió una infracción mediante el procedimiento correspondiente.
¿Cómo registrar tu negocio para utilizar el logo del Buen Fin?
El registro es gratuito y debe realizarse en el portal oficial www.elbuenfin.org. Para la edición de 2026, el plazo señalado en las fuentes vence el 12 de noviembre a las 23:59:59 horas.
Los requisitos y pasos son los siguientes:
1. Cumplir los requisitos fiscales: contar con RFC activo, Buzón Tributario habilitado, medios de contacto actualizados y opinión positiva de cumplimiento de obligaciones fiscales.
2. Ingresar al portal oficial: completar el formulario con los datos del establecimiento, giro comercial, domicilio y, cuando corresponda, página web y redes sociales.
3. Aceptar las condiciones: revisar y aceptar los Términos y Condiciones y el Aviso de Privacidad Simplificado 2026.
4. Obtener los materiales oficiales: una vez concluido el registro, descargar el Manual de Identidad Gráfica, el logotipo y el código QR de verificación del negocio.
La inscripción permite aparecer en el directorio de participantes y solicitar acceso al Sorteo El Buen Fin del SAT, que tiene requisitos adicionales, como contar con una terminal punto de venta activa para recibir pagos con tarjeta.
¿Qué reglas debes cumplir para utilizar el logotipo?
Registrarse no permite modificar o utilizar libremente la identidad gráfica de la campaña. Los comercios deben respetar las siguientes condiciones:
– Periodo de uso: el logotipo puede difundirse del 1 al 17 de noviembre de 2026.
– Promociones: los descuentos anunciados como parte de la campaña deben aplicarse del 13 al 17 de noviembre.
– Identidad gráfica: deben respetarse los colores, proporciones, tipografía y demás elementos del diseño oficial.
– Código QR: debe exhibirse en un lugar visible del establecimiento o de sus espacios digitales para permitir que los clientes comprueben el registro.
– Información comercial: las promociones deben mostrar precios claros, incluir el IVA y respetar las ofertas anunciadas.
