
Sin embargo, no todas las personas pensionadas recibirán esta prestación. El IMSS establece que quienes tienen una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, conocida como Ley 73, tienen derecho a un aguinaldo anual equivalente a una mensualidad de su pensión, sin considerar asignaciones familiares ni ayudas asistenciales. En cambio, quienes reciben estas pensiones bajo la Ley 97 no reciben este concepto.
Por ello, antes de considerar que el depósito de noviembre incluirá ambos conceptos, es importante identificar el régimen bajo el cual fue otorgada la pensión.
Las personas pensionadas por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley 73 son quienes tienen derecho al aguinaldo anual previsto por el IMSS. La prestación equivale a una mensualidad de la cuantía de su pensión, aunque el cálculo no contempla el importe correspondiente a asignaciones familiares ni ayudas asistenciales.
En cambio, las personas pensionadas por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo la Ley 97 no reciben el aguinaldo por este concepto, según la información oficial del Instituto.
Por lo tanto, pertenecer a la población pensionada del IMSS no garantiza automáticamente el pago adicional. El derecho depende del tipo de pensión y del régimen aplicable.
El pago mensual de las pensiones del IMSS se realiza, por regla general, el primer día hábil de cada mes. El Instituto señala que quienes reciben directamente el depósito bancario deben considerar esta disposición; las personas cuyo pago se realiza mediante una AFORE o una aseguradora están sujetas a las condiciones establecidas por esas instituciones.

En noviembre de 2026, el día 1 caerá en domingo, por lo que el primer día hábil será el lunes 2 de noviembre. En consecuencia, esa es la fecha prevista para el depósito mensual de las pensiones pagadas directamente por el IMSS.
Para quienes tienen derecho al aguinaldo, el pago de noviembre puede representar el ingreso de ambos conceptos durante el mismo periodo. No obstante, conviene consultar los avisos oficiales del Instituto para confirmar cualquier actualización del calendario.
El aguinaldo de las personas pensionadas que cumplen los requisitos del IMSS es una prestación vinculada a su régimen de pensión. En el caso de las pensiones por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez de la Ley 73, equivale a una mensualidad de la cuantía de la pensión, con las exclusiones señaladas por el Instituto.
Para las personas trabajadoras en activo, la Ley Federal del Trabajo establece una regla distinta: el patrón debe pagar el aguinaldo anual antes del 20 de diciembre, y la prestación mínima equivale a 15 días de salario para quienes hayan trabajado el año completo. Quienes no hayan cumplido un año de servicio tienen derecho a la parte proporcional correspondiente.
Así, el pago de la pensión y el aguinaldo de noviembre no debe confundirse con la fecha límite que tienen los empleadores para cubrir esta prestación a sus trabajadores.
En caso de dudas sobre el aguinaldo, es importante confirmar el régimen y el tipo de pensión otorgada. También pueden comunicarse al número 800 623 2323 y seleccionar la opción 3, correspondiente a Pensionados, para solicitar orientación sobre el pago de su prestación.
