Suprema Corte avala restricciones a los alimentos chatarra en escuelas, incluyendo preparatorias y universidades

El objetivo es cuidar la alimentación de los menores de edad
El objetivo es cuidar la alimentación de los menores de edad

Estas medidas restringen la oferta de productos dentro de los planteles para proteger la salud y promover una alimentación adecuada, pero no prohíben su consumo o comercialización fuera de las escuelas.

La SCJN sostuvo que las autoridades educativas y sanitarias tienen facultades para regular la preparación, distribución y venta de alimentos y bebidas con base en criterios nutrimentales.

El fallo también avaló que las reglas se apliquen en instituciones de educación media y superior, aunque las y los estudiantes sean mayores de edad. La obligación del Estado de proteger el derecho a la salud también alcanza los espacios educativos.

El pleno del máximo tribunal federal estableció lineamientos más precisos para la transmisión de permisos

La SCJN determinó que las restricciones não eliminan la libertad de comercio ni la libre concurrencia, porque las empresas pueden operar fuera de los planteles o adaptar su oferta a los productos autorizados dentro de ellos. Las cargas económicas derivadas de la regulación no superan el objetivo de proteger a la comunidad educativa.

En uno de los asuntos, el Pleno respaldó la prohibición de vender y publicitar productos con sellos o leyendas del etiquetado frontal de advertencia en las escuelas. La SCJN consideró que esas advertencias permiten identificar productos con exceso de azúcares, sodio, grasas saturadas, calorías u otros nutrimentos críticos, y sirven para prevenir el sobrepeso y la obesidad.

La existencia de contratos celebrados antes de la entrada en vigor de los lineamientos tampoco exime a los proveedores de cumplir la normativa vigente, salvo en los supuestos previstos por el régimen transitorio.

Estos son los alimentos que prohibirá la SEP en escuelas.

La SEP aplicó una estrategia para eliminar la venta de comida chatarra en las escuelas del Sistema Educativo Nacional, con el fin de combatir el sobrepeso y la obesidad entre niñas, niños y adolescentes mediante reglas para preparar, distribuir y vender alimentos y bebidas en planteles públicos y privados, desde educación básica hasta universidades.

Dicha medida forma parte del programa federal “Vive Saludable, Vive Feliz” y se vincula con el eje “Vida Saludable” de la Nueva Escuela Mexicana. Su alcance incluye escuelas de educación media superior y superior, por lo que también regula cooperativas, cafeterías y otros puntos de venta universitarios.

Hacia finales de 2025, cerca de 86% de los planteles de educación básica y media superior ya no vendía comida chatarra, de acuerdo con la propia SEP.

El objetivo es cuidar la alimentación de los menores de edad

La reforma a los artículos 75 y 75 Bis de la Ley General de Educación se publicó en diciembre de 2023. La modificación facultó a la SEP para emitir lineamientos sobre los alimentos y bebidas dentro de las escuelas, bajo criterios nutrimentales establecidos por la Secretaría de Salud.

Estos lineamientos generales aparecieron en el Diario Oficial de la Federación el 30 de septiembre de 2024 y su cumplimiento obligatorio comenzó el 29 de marzo de 2025, 180 días después de su publicación. Las reglas abarcan productos preparados, procesados y a granel.

La prohibición alcanza alimentos y bebidas con sellos de advertencia por exceso de azúcares, grasas saturadas, grasas trans, sodio o calorías, así como aquellos con leyendas precautorias del etiquetado frontal mexicano. Tampoco se permite anunciar estos productos dentro de los planteles.

El objetivo es cuidar la alimentación de los menores de edad

Entre los artículos que no pueden venderse o prepararse están refrescos, jugos de caja, néctares, bebidas azucaradas o gasificadas, aguas de sabor industrializadas y leches saborizadas. La restricción también incluye frituras, chicharrones, nachos, botanas industrializadas, dulces, donas, pasteles, flanes, helados de crema y paletas.

Las escuelas tampoco pueden ofrecer hamburguesas, hot dogs, pizzas, cacahuates fritos con sal, cueritos, frutas en almíbar, crema entera o media crema. Un platillo preparado queda fuera de los lineamientos si utiliza ingredientes con sellos de advertencia.

Productos con cafeína o edulcorantes tampoco se permiten en los casos previstos por las reglas. La medida se limita a la venta y distribución dentro de los planteles; los estudiantes pueden llevar alimentos desde casa y no se contempla una revisión generalizada de loncheras.

Los lineamientos priorizan alimentos naturales, mínimamente procesados, locales, de temporada, económicos y de calidad. Los criterios nutrimentales plantean que las grasas totales representen entre 25 y 30% de la energía, los hidratos de carbono entre 55 y 60%, y las proteínas entre 10 y 15%, con límites para grasas saturadas, grasas trans, azúcares y sodio.

El Manual para personas que preparan, distribuyen y venden alimentos en las escuelas incluye elote o esquites con limón, palomitas naturales, pasitas, alegrías u obleas con pepitas, cacahuates con cáscara, habas enchiladas y yogurt natural sin sellos como alternativas para las cooperativas.

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