Aprueban diputados en comisiones hasta 17 años de cárcel por difundir imágenes de cadáveres
Con ello, se busca evitar situaciones tal y como la acontecida con el feminicidio de Ingrid Escamilla en febrero de 2020
Con 21 votos a favor, dos en contra y cinco abstenciones, la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó el dictamen que establece hasta 17 años de prisión a quien difunda imágenes explícitas de cadáveres sin el consentimiento de los familiares directos.
El proyecto agrega el concepto de dignidad póstuma para el trato y manejo de los cuerpos de personas fallecidas en la Ley General de Salud. “En el caso de la difusión de imágenes para fines periodísticos se podrá hacer, siempre y cuando no se vulnere la dignidad póstuma del cadáver”, establece el dictamen que fue remitido a la Mesa Directiva para su eventual discusión y votación en el próximo periodo de sesiones.
Con ello, se busca que no vuelvan a ocurrir situaciones como en el caso del feminicidio de Ingrid Escamilla en febrero de 2020, cuyo cuerpo y escena del crimen fueron expuestos a través de imágenes explicitas en las redes sociales.
“Los cadáveres no pueden ser objeto de propiedad y siempre serán tratados con dignidad póstuma. Se entiende por dignidad póstuma una actitud y trato digno, de respeto y consideración a los valores y cadáver de una persona”, señala el dictamen.
La dignidad póstuma aplica para el manejo y el depósito de cadáveres, servicios funerarios, internación o salida del territorio nacional, traslado de una entidad federativa a otra, necropsias, así como utilización de cuerpos sin vida para fines de docencia e investigación.
Durante la sesión, los integrantes de la comisión aprobaron modificaciones a la iniciativa original para agregar sanciones de seis a 17 años de prisión, así como una multa de ocho mil a 17 mil días de salario mínimo, “a quien difunda imágenes explícitas de cadáveres sin consentimiento de los familiares directos”.