Mejía Berdeja: Si la Corte elimina la prisión preventiva, abre la puerta a 92 mil acusados de narco, feminicidio y secuestro
El funcionario federal también alertó que si los ministros la eliminan de la Constitución estarían incurriendo en funciones exclusivas del Poder Legislativo.
Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) elimina de la Constitución la figura dela prisión preventiva oficiosa abriría la puerta a 92 mil personas que hoy están encarceladas, acusadas de delitos como narcotráfico, secuestro y feminicidio, advirtió este viernes el subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), Ricardo Mejía Berdeja.
El tema será abordado por los ministros en el Pleno de la Corte, el próximo lunes 5 de septiembre.
“Si se elimina la prisión preventiva como lo pretenden los proyectos hoy en discusión en la Suprema Corte no solamente se volvería a la puerta giratoria sino que podemos hablar ahora de una puerta abierta porque 92 mil personas que hoy en México están sujetos a prisión preventiva por delitos graves, secuestradores, narcotraficantes, feminicidas, entre otros delincuentes también de cuello blanco podrían salir mediante amparo ser excarcelados, con lo cual habría una gran, gran impunidad”, dijo en Palacio Nacional.
En la conferencia mañanera del presidente Andrés Manuel López Obrador, el funcionario federal también alertó que si los ministros de la Corte eliminan la prisión preventiva de la Constitución estarían incurriendo en funciones exclusivas del Poder Legislativo.
“Como está organizado la división de poderes en nuestro país, podría ser, incluso, más grave que la misma medida (de eliminar la prisión preventiva), es decir, si la Corte, en los dos recursos hoy en disputa, un amparo en revisión y una acción de inconstitucionalidad determinaran un artículo constitucional sería la primera vez en la historia del país que la Suprema Corte de Justicia de la Nación se erige en un poder constituyente e invalida un artículo de carácter constitucional”, dijo.
Explicó que la Corte solamente puede invalidar leyes que atenten contra la Constitución y el único que puede reformar la Constitución, según el artículo 135 de la propia Carta Magna, es el poder constituyente permanente, que está integrado por las dos cámaras del Congreso de la Unión y las 32 legislaturas de los estados, y Constitución mexicana es la ley suprema de la nación y la Suprema Corte no puede legislar, invalidar, inaplicar algún artículo de nuestra Constitución.
Mejía Berdeja también destacó que la actual figura de la prisión preventiva oficiosa surge de la reforma que se aprobó en el 2008 con 462 votos a favor en la Cámara de Diputados y en el Senado con 73.
Exhibió que entre quienes votaron a favor de dicha reforma están los hoy presidentes del PRI, Alejandro Moreno, y del PAN, Marko Cortés.
Además, fue votada a favor por panistas como Maria Eugenia Campos, Héctor Larios, Cruz Pérez Cuéllar, Santiago Creel, Gustavo Madero; por el PRI, Joel Ayala, César Camacho Quiroz, Manlio Fabio Beltrones, Pedro Joaquín Coldwell, Jesus Murillo Karam y Francisco Labastida.