Por revisar tickets a clientes, Suprema Corte ratifica multa contra WalMart por 200 mil pesos
Esto luego, que se denunció que Sam´s Club de Neza interpuso una denuncia contra la Profeco por revisar los tickets antes de salir de la tienda
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó este miércoles la sentencia que obliga a Nueva Walmart de México, propietaria de la tienda Sam´s Club, a pagar una multa de 200 mil pesos que le Procuraduría del Consumidor (Profeco) le impuso por prácticas comerciales abusivas, al revisar los tickets de compra de los clientes antes de salir del establecimiento.
El asunto deriva de la denuncia que un cliente de Sam´s Club, ubicado en Nezahualcóyotl, Estado de México, interpuso contra el establecimiento ante la Profeco, por la práctica de esta tienda de revisar los tickets de los consumidores antes de salir de la tienda.
En consecuencia, en febrero de 2023, la Dirección de Procedimientos y Sanciones de la Procuraduría Federal del Consumidor clausuró la tienda y le impuso una sanción económica por la cantidad de 200 mil pesos, al acreditarse que detiene al consumidor antes de la salida, después de que ya pasó por el área de caja y pagó sus productos, para realizar un conteo de éstos contra el ticket de compra, lo que está prohibido por el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Ante ello, la representación legal de Nueva Walmart de México tramitó un amparo por la vía administrativa en el que reclamó la inconstitucionalidad del artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que prohíbe a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación.
«En el caso de que alguien sea sorprendido en la comisión flagrante de un delito, los proveedores, sus agentes o empleados se limitarán, bajo su responsabilidad, a poner sin demora al presunto infractor a disposición de la autoridad competente. La infracción de esta disposición se sancionará de acuerdo con lo previsto en esta ley, independientemente de la reparación del daño moral y la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados en caso de no comprobarse el delito imputado», señala el artículo.
Sin embargo, el Primer Tribunal Colegiado de Circuito determinó negarle la protección de la justicia, por lo que Nueva Walmart de México interpuso un recurso de revisión, mismo que tocó conocer a la Corte.
En proyecto presentado por la ministra Lenia Batres Guadarrama, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la sentencia del Colegiado y la transnacional deberá pagar la multa.