Resolución del TEEH para que los contratos que firme el edil sean aprobados por el Cabildo

Resolución del TEEH para que los contratos que firme el edil sean aprobados por el Cabildo

El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH) resolvió dos juicios que interpusieron un regidor y la síndico de Tlaxcoapan, donde el edil no podrá firmar contratos y convenios para que las sesiones del Cabildo se lleven a cabo de manera virtual.

       Los integrantes del tribunal Electoral en sesión pública virtual realizada este jueves durante el día resolvió respecto a dos juicios para la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano promovidos por un regidor y la sindico, resoluciones favorables en las sentencias finales del organismo electoral local.  

      El primero de estos asuntos asentado en el expediente número TEEH-JDC-018/2021, por la inconformidad presentada por el regidor Miguel Ángel López Hernández, quien precisó que le fueron violados sus derechos de petición por parte de la alcaldía encabezada por Jaime Pérez Juárez, quien no le entregó información relativa a las acciones del cabildo del ayuntamiento de esa demarcación.   

SE VULNERO EL DERECHO DE REGIDOR

      La magistrada presidenta del TEEH, Rosa Amparo Martínez Lechuga, manifestó que luego de un estudio a fondo del caso, se determinó que el presidente municipal incurrió en la vulneración del derecho de petición del regidor emanado del Partido Podemos, por lo que se determinó dejar sin efecto la primera sesión ordinaria del 15 de enero del cabildo misma que deberá ser realizada para que todos puedan ser partícipes de los acuerdos.  

      Asimismo, la magistrada puntualizo que para que las sesiones sean virtuales estas deben ser aprobadas por todo el cabildo y establecer las directrices.   

      Del segundo expediente  TEEH-JDC-20 y 21/2021, el magistrado Leodegario Hernández Cortés, señaló que la inconformidad presentada por la síndica  Erika García Mendoza a quien además se le sumo un regidor con relación a la sesión extraordinaria de cabildo de fecha 22 de enero en la que aseguran que no se invitó a todos y que se trataron asuntos relativos a la celebración de convenios del ayuntamiento con diferentes instancias y autoridades de los cuales se debe tomar en cuenta a la mayoría de los integrantes del cabildo para su aval.   

      El magistrado ponente puntualizo que en este caso la resolución fue de ordenar al cabildo, modificar el punto sexto del acta de la primera sesión extraordinaria de cabildo para que todos los integrantes sean tomados en cuenta en este tipo de acciones que son en favor de la población.   

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