Violentadores y deudores alimentarios morosos no podrán ser candidatos a cargo de elección popular

Violentadores y deudores alimentarios morosos no podrán ser candidatos a cargo de elección popular

  • Con ello se garantiza el acceso a una vida libre de violencia en razón de género, así como velar por el interés superior del menor

Pachuca, Hgo.- Integrantes de la LXV Legislatura del Congreso de Hidalgo aprobaron el dictamen que prohíbe a personas violentadas familiares o políticas contra mujeres, así como deudores alimentarios morosos, a ser postulados a un cargo de elección popular.

Con 21 votos fue aprobado el dictamen con modificaciones de las iniciativas que adicionan un tercer párrafo, recorriendo en su orden subsecuentes, a la fracción I del artículo 24 de la Constitución Política de Hidalgo.

Dicha resolución fue realizada por la Primera Comisión Permanente de Legislación y Puntos Constitucionales después de analizar las iniciativas presentadas por la diputada de Morena, Lisset Marcelino Tovar y del diputado del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Miguel Ángel Martínez Gómez.

Al leer el dictamen, la legisladora expuso en tribuna que muchos de los sujetos activos de violencia familiar actualmente son o pueden ser servidores públicos y muchos de ellos en proceso de buscar un cargo por elección popular, lo que se contrapone con los nuevos paradigmas que se buscan implementar dentro de una sociedad democrática que aspira a tener servidores públicos ejemplares.

Por lo tanto, las y los integrantes de la comisión determinaron dictaminar en conjunto ambas iniciativas por coincidir su objetivo en garantizar el acceso a una vida libre de violencia en razón de género, así como velar por el interés superior del menor.

De tal manera, no podrán ser postuladas a cargo de elección popular las personas que estén cumpliendo sentencia ejecutoriada por algún delito contra el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o violencia política contra las mujeres; así como quienes sean deudores alimentarios morosos, salvo que acrediten estar al corriente del pago, cancelen esa deuda o tramiten el descuento correspondiente.

Será el Instituto Estatal Electoral quien verificará el cumplimiento de esta disposición.

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