Fiscales y procuradores alertan por los «efectos nocivos» en la liberación de 60 mil personas en prisión preventiva.

Fiscales y procuradores alertan por los «efectos nocivos» en la liberación de 60 mil personas en prisión preventiva.


Además, los fiscales y procuradores calificaron como indispensable, prioritario, obligatorio cumplir y hacer cumplir la Constitución
La Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia (CNPJ), compuesta por fiscales generales de justicia de los estados, procuradores y el fiscal general de la república alertaron que resolver en contra de la Constitución, permitiría que alrededor de 60 mil personas sujetas en todo el país a procesos por delitos de feminicidio, homicidio, secuestro, así como delincuencia organizada y otros, obtengan su libertad procesal lo que implicará que la sociedad quedará expuesta a graves riesgos, principalmente las víctimas, testigos y servidores públicos que intervienen en cada caso.

Indicaron que generalmente los procesas en libertad atentan contra quienes los han señalado, se evadan o vuelvan a delinquir de lo cual, se cuenta con un gran número de casos.

Los fiscales y procuradores calificaron como indispensable, prioritario, obligatorio cumplir y hacer cumplir la Constitución, frente a los efectos nocivos de la liberación masiva de imputados.
Cabe señalar que, tras diversas reflexiones y debates mediáticos, así como internacionales, y expertos jurídicos se han pronunciado porque se pugne por la vigencia de la Constitución.

Esto ante las injerencias de terceros que pretenden anularla, por lo que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que, al pronunciarse respecto de la prisión preventiva oficiosa, debe tomar en cuenta que la Constitución es la ley suprema del país.

Por ello debe prevalecer aún ante una sentencia del Tribunal Interamericano, puesto que su competencia deriva de la propia Constitución, por tanto, ésta la dota de validez, no a la inversa.

Asimismo, al preferir la norma internacional, se pone en riesgo la soberanía nacional, y daría pauta a que autoridades extranjeras establecieran lineamientos para la organización y funcionamiento del país, aun desconociendo el contexto delictivo y de violencia imperante.

La prisión preventiva oficiosa es una restricción válida del derecho humano a la libertad, en virtud de que este no es absoluto.

También deben privilegiarse los derechos de las víctimas respecto de los derechos de los imputados, para evitar la victimización institucional sistemática por falta de garantías a su seguridad.

Noticias Relacionadas