Publican convocatoria para elección judicial 2025; depurarán listas con tómbola
En la primera elección judicial del 1 de junio de 2025 estarán en disputa 881 plazas de jueces, magistrados y ministros
Esta noche el Comité de Evaluación del Poder Legislativo publicó la convocatoria para el registro de aspirantes a competir en la primera elección judicial del 1 de junio de 2025 en la que estarán en disputa 881 plazas de jueces, magistrados y ministros.
Se trata de la elección de cinco ministras y cuatro ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, tres magistradas y dos magistrados que conformarán el Tribunal de Disciplina Judicial, una magistrada y un magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), 10 magistradas y cinco magistrados de las Salas Regionales del TEPJF, 464 cargos para magistradas y magistrados de Tribunales Colegiados de Circuito y de Tribunales Colegiados de Apelación y 386 juezas y jueces de distrito.
“La integración de Poder Judicial de la Federación será mediante elecciones libres, auténticas y periódicas, por sufragio universal, libre, secreto y directo, a efecto de garantizar y proteger los derechos políticos electorales y la equidad de la contienda de las personas interesadas en participar como candidatas en el proceso electoral extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025”, establece la convocatoria.
¿Cuándo podrán registrarse aspirantes a elección judicial 2025?
Detalla que desde las 00:00 horas de este 5 martes y hasta las 24:00 horas del domingo 24 de noviembre, las personas interesadas podrán inscribirse para participar en el proceso, preferentemente en el portal digital ubicado en el sitio web del Senado, en la dirección electrónica https://convocatoriapublica.senado.gob.mx/029PJ24 o en las oficialías de partes de ambas cámaras del Congreso de la Unión.
¿Qué requisitos necesitan los aspirantes a elección judicial 2025?
Para el registro, deberán contar con los siguientes requisitos:
- Acta de nacimiento
- Credencial de elector
- Título o cédula profesional que acredite la licenciatura en Derecho
- Certificado de estudios o historial académico que acredite los promedios correspondientes establecidos en los requisitos constitucionales.
- En caso de jueces demostrar un promedio mínimo de 8 durante la carrera y promedio mínimo de 9 en asignaturas relacionadas al cargo.
- Constancias que acredite la actividad jurídica o práctica profesional en el ejercicio de la actividad jurídica.
- Tres años en caso de jueces y ministros de magistrados; y cinco años en caso de Suprema Corte, Tribunal Judicial y TEPJF.
- Constancia de residencia en el país de al menos dos años
- Carta bajo protesta de decir verdad de que se goza de buena reputación, que no ha recibido condena por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión, ni por robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro delito que lastime seriamente la buena fama en el concepto público y no se encuentre suspendido de sus derechos, y
- Cinco cartas de referencia de sus vecinos, colegas o personas que respalden su idoneidad para desempeñar el cargo.
Depurarán listado de aspirantes a elección 2025 con tómbola
Los Comités Técnicos de Evaluación realizarán entrevistas públicas a las personas aspirantes, a efecto de evaluar sus conocimientos técnicos para el desempeño del cargo y su competencia y a más tardar el 31 de enero del 2025 tendrán que realizar una evaluación de idoneidad de las candidaturas y publicar el listado.
El Comité de Evaluación del Poder Legislativo evaluará a las personas aspirantes considerando los conocimientos técnicos necesarios para el desempeño de su cargo y que se hayan distinguido por su honestidad, buena fama pública, competencia y antecedentes académicos y profesionales en el ejercicio de la actividad jurídica
En esa evaluación, los méritos académicos tendrán un valor de 40 puntos, los méritos de experiencia profesional 30 y la honestidad y buena fama pública 30.
Los comités depurarán dicho listado mediante insaculación pública para ajustarlo al número de postulaciones para cada cargo por cada poder, atendiendo a su especialidad por materia y observando la paridad de género, publicarán los resultados en los estrados habilitados y los remitirán a más tardar el 4 de febrero de 2025 al poder que corresponda para su aprobación, a más tardar el 6 de febrero de 2025 de conformidad con lo siguiente:
El Poder Ejecutivo, por conducto de la Presidencia de la República, el Poder Legislativo, por conducto del Pleno de la Cámara de Diputados y del Senado de la República, según corresponda, mediante votación calificada de dos tercios de sus integrantes presentes, y el Poder Judicial, por conducto del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por votación favorable de ocho votos de las ministras y los ministros.
Los listados aprobados serán remitidos al Senado de la República el 8 de febrero de 2025 como fecha límite para que esa cámara integre los listados y expedientes de las personas postuladas por cada uno de los tres Poderes de la Unión y los remita al Instituto Nacional Electoral a más tardar el 12 de febrero de 2025, a efecto de que organice el proceso.