IFT aprueba lineamientos que regulan el tráfico en internet
Por unanimidad, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó los lineamientos que regulan el tráfico en internet y la administración de la red y deben ser cumplidos por las empresas y autorizados que dan el servicio.
Estas reglas deberán cumplirse a partir de los dos meses tras su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Los Lineamientos para la gestión de tráfico y administración de red a que deberán sujetarse los concesionarios y autorizados que presten el servicio de acceso a internet, garantizan la libre elección, la privacidad de los usuarios, la inviolabilidad de sus comunicaciones privadas, la no discriminación de tráfico en internet, así como la calidad, capacidad y velocidad del servicio contratado por el usuario, asegura el regulador.
«Al tiempo que contribuyen al cierre de la brecha digital, promueven el crecimiento del ecosistema digital e incentivan el despliegue de infraestructura; además, contemplan elementos de transparencia y seguimiento con el objetivo de mantener sus políticas actualizadas ante la vertiginosa evolución de las redes».
En un comunicado, el IFT detalla que las reglas señalan que los proveedores del servicio de internet (PSI) podrán implementar políticas de gestión de tráfico y administración de red, por cuestiones técnicas, es decir, para asegurar la calidad, capacidad y velocidad del servicio de acceso a internet contratado por el usuario final, así como para preservar la integridad y seguridad de la red
Las empresas que den el servicio de internet deben permitir la libre elección de los usuarios para acceder a los contenidos, aplicaciones y servicios disponibles en internet, evitando con ello una fragmentación del internet, es decir, acceso a solo ciertos contenidos, aplicaciones o servicios.
«Por lo que los proveedores no podrán limitar, degradar, restringir, discriminar, obstruir, interferir, filtrar o bloquear el acceso a contenidos, aplicaciones o servicios a los usuarios finales, salvo en situaciones indispensables (por ejemplo, cuando existan riesgos para la red, los usuarios o sus comunicaciones, entre otros) y esto sólo podrá hacerse de manera tempora
Los proveedores deben garantizar un trato no discriminatorio entre usuarios finales, proveedores de aplicaciones, contenidos y servicios, tipos de tráficos similares, así como entre el tráfico propio y el de terceros que curse por la red de telecomunicaciones, con independencia del origen o destino de la comunicación.
«Por lo tanto, no podrán priorizar o dar “carriles rápidos” a contenidos, aplicaciones y/o servicios específicos».
Las empresas de internet no podrán inspeccionar, monitorear o alterar el contenido específico del tráfico que transita por su red ni hacerse de información de los usuarios finales que no sea necesaria para proveerles el servicio.
Tienen que asegurar que el usuario pueda elegir libremente el equipo terminal para conectarse a internet al contratar el servicio de acceso.
En caso de contemplar políticas de uso justo, éstas deberán aplicarse por igual a todos los contenidos, aplicaciones y servicios, a fin de evitar prácticas discriminatorias», indica el instituto.
Los proveedores de internet, bajo la figura de datos patrocinados, podrán dar acceso gratuito a los usuarios del servicio de acceso a internet, aun cuando estos no tengan saldo o datos disponibles, a ciertos contenidos, aplicaciones o servicios de entes públicos o entidades del sistema financiero, así como a aquellos que permitan a los usuarios, por ejemplo, pagar o contratar sus servicios de telecomunicaciones.
«Se establece que los PSI publiquen los códigos de políticas de gestión de tráfico y administración de red en sus páginas de internet, haciendo uso de un lenguaje orientado a los usuarios finales».