El Tribunal Electoral de la Federación anuló la elección de Morena

El Tribunal Electoral de la Federación anuló la elección de Morena

La elección interna que llevó a cabo el partido Morena para renovar sus órganos a la dirigencia nacional, fue anulada por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), con la sentencia de que no respetaron sus propios estatutos con los que se rigen.

     Cabe recordar que apenas el pasado domingo se llevó acabo la votación para elegir a sus consejeros en Hidalgo, quienes integrarían su comité nacional, acto que en algunos lugares se realizó sin ninguna novedad, no siendo así en otros, tales como en Huejutla donde hubo disparos de arma de fuego.

     Ya en otras entidades del país también se habían llevado a cabo elecciones similares y en diversos lugares ocurrieron trifulcas y disturbios que empañaron gravemente el proceso electoral.

     Ante ello, el miércoles la sala superior del TEPJF dio a conocer a través de un comunicado que se revocó la convocatoria emitida por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia del partido Morena para renovar sus órganos a la dirigencia nacional.

     Dentro de una sesión pública, las magistradas y magistrados consideraron que se afectó el derecho de las personas al sólo permitir participar a quienes se afiliaron antes del 20 de noviembre de 2017. De acuerdo a la sentencia, debieron permitir la participación de quienes se afiliaron con posterioridad, en términos de su propia normativa.

     En la resolución señalaron de igual forma que el padrón no resulta confiable, no da certeza y certidumbre, para llevar a cabo el proceso interno y se incumplió además con el proceso de credencialización que el propio partido estableció en sus estatutos.

     De la misma forma, se dejaron sin validez todos los actos llevados a cabo en el procedimiento de elección de dirigentes del partido Morena.

     De acuerdo con los resolutivos, se ordenó al Comité Ejecutivo Nacional (CEN) de Morena que lleve a cabo todos los actos necesarios para reponer el procedimiento de elección de sus órganos de conducción, dirección y ejecución; a la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia se le ordenó resolver a la brevedad todos los medios de impugnación intrapartidistas, relativos a la conformación del padrón y a la militancia de los miembros del partido.

     Las acciones mencionadas, deberán ser desarrolladas por Morena, en el plazo de 90 días posteriores a que se le notifique.

     En otro asunto, sobre los artículos 10 y 11 de los estatutos vigentes de Morena, se aprobó por unanimidad que en la reelección inmediata únicamente debe considerarse a quienes fueron designados en 2015, al ser la primera dirigencia electa en términos de su estatuto una vez que se constituyó como partido político. (Asuntos: SUP-JDC-1573/2019 y SUP-JDC-1577/2019 y acumulados).

Noticias Relacionadas